El artículo 4 de
la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía, en su apartado
1, dice textualmente: "Corresponde a los ayuntamientos la misión
de realizar y dar a conocer el valor cultural de los bienes integrantes
del Patrimonio Histórico Andaluz que radiquen en su término
municipal.
Les corresponde asimismo
adoptar, en caso de urgencia, las medidas cautelares necesarias para
salvaguardar los bienes del Patrimonio Histórico Andaluz cuyo
interés se encontrase amenazado".
Mas adelante en el apartado
2: "Las corporaciones locales pondrán en conocimiento de
la Consejería las dificultades y necesidades que se les susciten
en el ejercicio de sus competencias en esta materia, así como
cualquier propuesta que pueda contribuir a la mejor consecución
de los objetivos de esta Ley".
Es más, esta Ley
establece que "las personas que observen peligro de destrucción
o deterioro en un bien integrante del Patrimonio Histórico Andaluz,
deberán, en el menor tiempo posible, ponerlo en conocimiento
de la administración competente".
Por medio del Decreto
259/2002 de 15 de octubre, se declara la Hacienda Ibarburu bien de interés
cultural, con la categoría de monumento, quedando inscrita como
tal, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz,
junto con su entorno, perfectamente delimitado.
La Ley mencionada establece,
asimismo, de una forma perfectamente clara, cuales son los mecanismos
para asegurar el mantenimiento en buen estado del bien, en caso de abandono
por parte de su propietario, pudiendo llegar la administración,
hasta la expropiación por razones de interés cultural.
Consideramos de gran interés
para Dos Hermanas conservar este monumento, emblemático, por
sus características arquitectónicas, por sus contenidos
y por razones de tipo histórico, así como símbolo
de la importancia que ha tenido y continúa teniendo el cultivo
de la aceituna en Dos Hermanas.
En consecuencia, el Grupo
Municipal de Izquierda Unida Los Verdes - Convocatoria por Andalucía,
somete a la consideración de este Excmo. Ayuntamiento Pleno la
siguiente
MOCIÓN
1º Que se elaboren,
por parte de los servicios jurídicos municipales los informes
pertinentes de manera a poner en marcha inmediatamente los mecanismos
que garanticen el mantenimiento y restauración de la Hacienda
Ibarburu.
2º Que se estudie,
asimismo, la recuperación para uso público de este monumento
y su entorno, en beneficio de la comunidad nazarena, de acuerdo con
su valor histórico y cultural, de acuerdo con los mecanismos
previstos en la Ley mencionada.
Dos Hermanas, 20 de abril de 2004